Concesión directa de ayudas urgentes a las solicitudes que quedaron sin atender en el marco de la convocatoria de ayudas dirigida a la reactivación económica en los municipios afectados por la dana.
Son entidades beneficiarias de estas ayudas las personas físicas incluidas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en una mutualidad de previsión social, las sociedades mercantiles y las cooperativas que, una vez han solicitado las ayudas convocadas mediante la Resolución de la Consellería de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, de 24 de julio de 2025, y una vez resuelta esta convocatoria, no hayan obtenido financiación por insuficiencia de crédito. La lista de personas beneficiarias se constituirá siguiendo el criterio de adjudicación desde la primera solicitud correctamente presentada que no haya obtenido financiación, hasta agotar el crédito presupuestario disponible.